Agrupación de Arquitectos Urbanistas
Se constituye en el seno del COACM una agrupación de arquitectos que se denominará AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS URBANISTAS, con el objeto de defender los intereses específicos concernientes a la actividad profesional en materias relacionadas con el Urbanismo, así como el estudio de los problemas jurídicos, económicos y profesionales que les afecten de manera específica.
Serán funciones principales de la Agrupación:
- Fomentar y defender los intereses profesionales de sus miembros y desarrollar la información y el espíritu de participación de los arquitectos en el campo del Urbanismo y la Ordenación del Territorio.
- Potenciar la práctica del Urbanismo dentro de la profesión en sus distintas vertientes.
- Organización de cursos, conferencias, mesas redondas y debates, para el perfeccionamiento profesional y reciclaje.
- Velar por la correcta actividad profesional de los arquitectos urbanistas, reforzando su libertad e independencia de actuación en el ejercicio de su especialidad de acuerdo con el marco legal vigente.
- Favorecer la divulgación para el entendimiento por el ciudadano de la ciudad en que vive y del Urbanismo como instrumento de cambio y mejora.
- Actuar ante las distintas Administraciones Públicas para lograr la participación del arquitecto urbanista allí donde sea necesaria.
- Establecer contactos con asociaciones similares de arquitectos u otras profesiones que pretendan fines análogos cualquiera que sea su ámbito de actuación para enriquecer el entendimiento del Urbanismo y la Ordenación del Territorio y hacer oír la voz de la AGRUPACIÓN.
- Velar por el interés público en materia de Urbanismo y la Ordenación del Territorio, desde la plataforma del Colegio Profesional, entendido como una Corporación de Derecho Público según la Constitución Española.
- Participar como miembro en la UAAU de España para mantener contactos e intercambio de información y otros fines profesionales del Urbanismo.
- Elaborar informes sobre los borradores de carácter legislativo redactados por las administraciones.
- Cualquier otra que le encomiende la Junta de Gobierno del Colegio.
Serán miembros de la AGRUPACIÓN todos los arquitectos que, cumpliendo los requisitos de su reglamento, quieran formar parte de ella, dirigiendose a la Agrupación en la siguiente dirección de correo electrónico agrupacionauclm@coacm.es
MIEMBROS DE LA AGRUPACIÓN
REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN
Junta Directiva de la Agrupación
Agrupación de Arquitectos al servicio de la Administración Pública
La Agrupación de Arquitectos al servicio de la Administración Pública es una agrupación de arquitectos que se constituye en el seno del Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla-La Mancha (en adelante C.O.A.C.M.) para los fines y funciones que se detallan a continuación:
La AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN CASTILLA-LA MANCHA es una agrupación de arquitectos que se constituye en el seno del Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla-La Mancha (en adelante C.O.A.C.M.) para los fines y funciones que se detallan a continuación:
Son fines esenciales de la AGRUPACIÓN:
- Fomentar y defender los intereses profesionales y económicos de los miembros.
- Desarrollar la formación, el perfeccionamiento profesional y la participación de los arquitectos en el ejercicio de la función pública.
- Representar los intereses de los arquitectos al servicio de la administración pública delante de los órganos de gobierno del C.O.A.C.M. y defender los mismos ante terceros.
- Reforzar la libertad e independencia de actuación del arquitecto al servicio de la administración pública.
- Cualquier otra finalidad acorde con su naturaleza de organización profesional voluntaria integrada por arquitectos al servicio de la administración pública.
Son funciones esenciales de la AGRUPACIÓN:
- Organizar y gestionar seminarios, cursos monográficos y, en general, toda clase de actividades por sí o en colaboración con otras instituciones u organismos, encaminadas a fomentar la formación permanente de los arquitectos al servicio de la administración pública y contribuir a la especialización de los miembros de la AGRUPACIÓN en todas y cada una de la áreas de la administración pública.
- Dirigir a la administración las propuestas encaminadas a reforzar los legítimos derechos de sus asociados.
- Emitir informes respecto al contenido y alcance de las propuestas de ley, decretos, reglamentos, órdenes, etc., que afecten o puedan afectar las condiciones en que el arquitecto ejerce las funciones públicas.
- Coordinarse, unirse o federarse con otras agrupaciones colegiales similares para la defensa de intereses comunes.
- Cualquier otra función que se atribuya a las organizaciones profesionales de naturaleza análoga y que le delegue la Junta de Gobierno o la Junta General del colegio.
- Participar como miembro en la UAAP de España para mantener contactos e intercambio de información y otros fines profesionales.
Podrán ser miembros de la AGRUPACIÓN todos los arquitectos que, deseando formar parte de ella, cumplan los siguientes requisitos:
- Ser arquitecto colegiado del C.O.A.C.M.
- No haber sido sancionado de manera firme por faltas disciplinarias, funcionariales o colegiales. Este impedimento se extenderá al tiempo de duración de la sanción, salvo el supuesto de rehabilitación.
- Prestar servicios o haberlos prestado en cualquiera de las administraciones públicas del Estado español, o mostrar especial interés en pertenecer a la AGRUPACIÓN.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas para con el C.O.A.C.M.
Se podrá formar de la Agrupación, ponerse en contacto con sus miembros o realizar cualquier consulta, dirigiéndose a la Agrupación en la siguiente dirección de correo electrónico agrupacionaap@coacm.es
MIEMBROS DE LA AGRUPACIÓN
REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN
Junta Directiva de la Agrupación
Presidente
D. Alfredo Moreno Portillo
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Vocal por Albacete
Dª. Mª José Cuenca Jiménez
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Vocal por Ciudad Real
D. Juan Sánchez Suárez
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Vocal por Cuenca
Dª. Nieves Rolanía Chico
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Vocal por Guadalajara
Dª. Miriam Fuentes Sanz
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Vocal por Toledo
Dª. Mª Auxiliadora Moraleda Estrada
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Agrupación de Arquitectos Peritos y Forenses de Castilla-La Mancha
Se constituye en el seno del C.O.A.C.M. una agrupación de arquitectos que se denominará AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS Y FORENSES DE CASTILLA – LA MANCHA (en adelante AAPF-CM o AGRUPACIÓN).
Son fines de la AGRUPACIÓN:
La defensa de los intereses específicos de los arquitectos PERITOS, FORENSES Y MEDIADORES de CASTILLA – LA MANCHA, el logro de la máxima cualificación, competencia y calidad de la ACTIVIDAD PERICIAL, FORENSE Y MEDIADORA de los arquitectos en la región, la propuesta de armonización de las normas concernientes a su actividad profesional, así como el estudio y resolución de los asuntos, incidencias y conflictos jurídicos, económicos y profesionales que les afecten de manera específica.
Serán funciones principales de la AGRUPACIÓN
- Fomentar ante entidades, foros y colectivos públicos y privados, la idoneidad y competencia profesional de los arquitectos en la disciplina pericial, forense y mediadora, resaltando su carácter libre e independiente en la colaboración con la Justicia y en el servicio al interés general.
- Prestar apoyo operativo a los arquitectos colegiados, brindándoles una formación idónea y continua y proporcionándoles un canal permanente de asesoramiento, de opinión razonada y de consejo fundado en la práctica pericial, forense y mediadora en sus distintas vertientes, proponiendo la armonización de las normas en materias relacionadas con dictámenes, tasaciones, valoraciones, informes, peritajes y mediaciones en general, así como el estudio y resolución de los conflictos jurídicos, económicos y profesionales en las materias de su competencia.
- Organizar cursos, jornadas, conferencias y debates, para el perfeccionamiento y actualización profesional, colaborando, si procede, con aquellas entidades públicas o privadas encaminadas a conseguir los objetivos y fines de esta AGRUPACIÓN y de la profesión en general, tales como, Magistratura, Universidad, etc.
- Establecer, junto con la Junta de Gobierno del COACM, una continua comunicación con la Magistratura en sus distintos niveles, así como con otras entidades públicas que necesiten la participación de un perito arquitecto en sus diversas modalidades, elaborando y gestionando las listas de peritos que anualmente se les envían, además de realizar su seguimiento, poniendo en común cualquier disfunción que pudiera surgir para facilitar su resolución conjunta.
- Velar por la correcta actividad profesional de los arquitectos peritos, forenses y mediadores, reforzando su libertad e independencia de actuación con escrupuloso respeto a la labor de otros profesionales en el ejercicio de su especialidad, de acuerdo con el marco legal vigente, y poniendo en conocimiento de la Junta de Gobierno del COACM cualquier caso de incumplimiento de las normas colegiales o de intrusismo profesional en la actuación pericial, forense o mediadora.
- Actuar ante las distintas Administraciones Públicas para potenciar la figura del arquitecto perito, forense y mediador allí donde sea necesaria.
- Establecer contactos con asociaciones similares de arquitectos u otros profesionales que pretendan fines análogos, cualquiera que sea su ámbito de actuación, para potenciar la actividad y presencia de la AAPF-CM.
- Velar por el interés público de la actividad pericial y mediadora del arquitecto, desde la plataforma del Colegio Profesional, entendido como una Corporación de Derecho Público según la Constitución Española, las leyes de Colegios Profesionales y el resto de legislación vigente.
- Participar, como miembro activo de la Unión de Agrupaciones de Arquitectos Peritos y Forenses de España (UAPFE), en todas sus actividades, en permanente contacto y colaboración con las demás agrupaciones integradas en ella, para el cumplimiento de los fines comunes de sus miembros y la información constante a los colegiados agrupados.
- Elaborar informes, alegaciones o propuestas sobre los borradores de carácter legislativo redactados por las administraciones que afecten a la actividad pericial, forense y mediadora.
- Colaborar con la Junta de Gobierno del COACM en el cumplimiento de sus funciones y ponerla en conocimiento de las altas y bajas de agrupados, de los listados de arquitectos que se elaboren y de las actividades de la AGRUPACIÓN.
- Cualquier otra que le encomiende la Junta de Gobierno del COACM.
Serán miembros de la AGRUPACIÓN todos los arquitectos que, cumpliendo los requisitos de este reglamento, lo soliciten formalmente ante el C.O.A.C.M.
MIEMBROS DE LA AGRUPACIÓN
REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN
Junta Directiva de la Agrupación